Asesoria Urbana
PLAN REGULADOR COMUNAL DE MACUL
Vecinos Villa Macul
Sector Plaza Villa Macul – El Líbano
Estimadas Vecinas y Vecinos:
Debido a las diversas inquietudes manifestadas por ustedes en relación al Plan
Regulador Comunal y por instrucciones del Señor Alcalde, les informo lo siguiente:
1. Con el fin de orientar el desarrollo urbano de la comuna, se realizaron los Estudios
para llevar a cabo el Primer Plan Regulador Comunal de Macul, de acuerdo a los
lineamientos alcaldícios tendientes a: impulsar un mayor desarrollo y
revalorización urbana de los ejes y sectores mas importantes de la comuna, tales
como Av. Macul y Av. Quilín entre otros; conservar los barrios residenciales
interiores y fortalecer los sectores industriales, además de otras medidas de
carácter urbanístico.
2. Este proceso de formulación, de participación ciudadana y de aprobación del
Plan Regulador Comunal, fue desarrollado entre Enero de 2001 y Mayo de 2004,
siendo aprobado por la unanimidad del Concejo Municipal y por el Ministerio de
Vivienda y Urbanismo a través de su Secretaria Ministerial Metropolitana.
Como parte de dicho proceso, se realizaron los Cabildos Comunales y las
Audiencias Públicas, invitándose a participar en estos eventos a toda la
comunidad a través de las Juntas Vecinos, las publicaciones en el Diario, volantes,
perifoneo, etc.; reuniones en las que también participó la Empresa Consultora que
desarrolló los Estudios del Plan Regulador.
Junto con ello, se realizó la exposición a público en el Hall principal del
Edificio Municipal, de todos los antecedentes de este Plan Regulador Comunal.
3. De acuerdo a lo expuesto, informo a usted que su propiedad esta ubicada en el
sector denominado “Zona Residencial Mixta, Densidad Media Comercial (ZM-5)”,
la cual comprende el entorno de la Plaza de la Villa Macul y de El Líbano, siendo
sus principales condiciones normativas las siguientes:
- Usos de suelo permitidos : Residencial, Equipamiento y Áreas Verdes.
- Altura máxima : 6 pisos
- Coeficiente Constructibilidad : de 1.5 a 3.0 (según superficie terreno)
- Coeficiente Ocupación Suelo: de 0.55 a 0.70 (según superficie terreno)
- Antejardín mínimo : 5 mts.
4. Para mayores detalles de toda la normativa para este sector, su aplicación y los
limites exactos de esta Zona ZM-5, puede consultar en Asesoria Urbana, ubicada
en Los Plátanos Nº 3130, 4º piso, fono 810.06.45 ó en el portal Web
www.munimacul.cl.
Atentamente le saluda a usted.
Mario Olea Mardones
Asesor Urbanista
I. Municipalidad de Macul
Macul, Enero de 2007
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